La familia Tobar era originaria de Fresno de Cantespino, un pueblo de la provincia de Segovia en el noroeste de la provincia.
Del matrimonio de Francisco Tobar Vitón y de Gregoria Gutiérrez Gutiérrez nació, el 25 de diciembre de 1878, su único hijo, al que pusieron de nombre Pedro, igual que su abuelo paterno. El recién nacido fue bautizado el día 29 de diciembre, de ese mismo año, en la parroquia de Nuestra Señora del Manto de Riaza.
Al casarse, el matrimonio de Francisco y Gregoria, estableció su domicilio en Riaza. Unos años después, siendo ya Francisco abogado, se trasladaron a Madrid, fijando su domicilio y su despacho, en el nº 13 de la Puerta del Sol, en el segundo piso izquierda. Francisco se colegió en el Colegio de Abogados de Madrid con el número 6994.
Pedro Tobar Gutiérrez, también estudió Derecho y acabó la carrera el 27 de junio de 1900, a los 21 años, con la calificación de sobresaliente. Una vez terminada la carrera se dio de alta en el colegio de abogados de Madrid, aunque al principio lo hizo como colegiado sin ejercicio, hasta el año 1908.
Se doctoró en Derecho, Ciencias Sociales y Filosofía y Letras, y sacó la plaza de notario por oposición.
A comienzos de 1905 fue nombrado notario de Segovia, plaza a la que renunció al resultar electo como notario para Jerez de la Frontera. El 15 de abril de 1905 fue nombrado notario de primera clase.
Entre su protocolo se encuentran importantes intervenciones, como la llevada a cabo el día 11 de diciembre de 1911, en la segunda subasta para la adjudicación de las obras del ferrocarril directo de Madrid a Valencia. O la verificada, el día 8 de noviembre de 1912 con ocasión de la sustitución de su padre, el notario Francisco Tobar Viton, en la adjudicación de la concesión del ferrocarril de Trujillo a Logrosán, que a pesar de quedar desierta, el Rey Alfonso XIII dispuso que la concesión se otorgara a la sociedad Maurel y Palacios, que había presentado la correspondiente fianza.
La actividad profesional de Pedro Tobar iba tomando notoriedad dentro de sector del notariado. Su participación en grupos de trabajo, para la modernización del notariado, se hizo cada vez mas habitual. Participó en comisiones de trabajo, como la que fue recibida por el ministro de Gracia y Justicia en 1919. En la fotografía de El Fígaro se ve a D. Pedro Tobar, el segundo por la izquierda, formando parte de la mencionada comisión.
En el año 1921, se le designa para formar parte de la Junta Superior del Castro. También Pedro Tobar formó parte de la Junta Provincial del Censo de la capital,- 1ª Sección- de la que era vocal. en ese momento la Junta Provincial la presidía Alvarez de Santallana, y el secretario era Simón Viñals.
Si en lo profesional Pedro Tobar iba alcanzando las metas que se había propuesto, en lo personal, las cosas no terminaban de ir por buen camino. Desde la muerte de su abuelo Silverio y luego, de su madre, no dejaron de surgir problemas familiares que le distanciaron de su padre. La muerte de su abuelo y de su madre le convirtieron en dueño de las propiedades que su abuelo había adquirido en Hortaleza, La herencia de la finca de Hortaleza le brindaba nuevos retos en un mundo tan diferente al del derecho.
Convertirse en el dueño de la finca de Hortaleza le dio la oportunidad de descubrir el mundo rural. Durante un buen tiempo la finca de Hortaleza fue una de sus primeras ocupaciones y, fruto de ello, fueron los buenos resultados que se alcanzaron a lo largo de unos años.

Por la proximidad con la finca de Hortaleza fijó su domicilio en la calle Benito Gutierrez, 7 en el barrio de Arturo Soria, donde vivía con su novia, Ana.
Las relaciones con su padre fueron de continuo desacuerdo. De uno de esos enfrentamiento surgió el destierro de su padre a Málaga. En ese ambiente de discordias tomó algunas decisiones que afectarían a la marcha de la explotación de la finca de Hortaleza, y provocarían la salida de mi abuelo Guillermo de la finca.
Pedro Tobar tenía la costumbre de visitar la finca los jueves y los domingos.

Pedro Tobar afianzado en su posición social en la capital, estaba forjando, o había forjado, un carácter de cierta superioridad y no aceptaba determinados comportamientos a su alrededor. Este comportamiento de Pedro Tobar era mal vista por algunas personas del pueblo, que incluso, el Ayuntamiento llegó a tener sus desavenencias con él.
Unos hablaban, probablemente sin mucho fundamento, que la mayoría de las propiedades adquiridas fueron como consecuencia de préstamos impagados de los vecinos de Hortaleza que, en garantía de los prestamos solicitados, le habían entregado determinadas escrituras y al, producirse el impago, Pedro Tobar ejecutó la garantía y tomó posesión de ellas. Sea como fuere, no dudo de que a lo largo del tiempo se produjeran casos como el descrito, pero me parece una exageración decir que la mayoría de sus propiedades tenían esa procedencia.
Al Ayuntamiento de Hortaleza le llegaron algunas denuncias por parte de determinados vecinos. En unos casos la denuncia se producía porque no pagaba el impuesto de cereales que le correspondía, en otros, porque había dejado de pagar la contribución de algunas dependencias de la finca, o por la venta de reses muertas por enfermedad, sin abonar derechos al Ayuntamiento. Por su parte, Pedro Tobar había perdido su ilusión inicial por los rendimientos de la finca y no encontraba la forma recuperarlos.
Para dar una idea de la situación en que se encontraban los vecinos, baste decir, que en un pueblo como Hortaleza, se presentaron en un día treinta denuncias. La mayoría de ellas tenía como objeto la reclamación de propiedades de terrenos urbanos o rústicos.
Por su parte, Pedro Tobar presentó una demanda contra el juez Valentín de Castro Aguado por prevaricación. La Sección cuarta de la Audiencia Provincial de Madrid condenó a Valentín de Castro Aguado, en 1926, a once años y un día de inhabilitación temporal, porque, durante tres años, como Juez Municipal de Hortaleza, dejó de tramitar más de doscientas denuncias contra diversas personas denunciadas por los guardas jurados.
De las denuncias ante el Ayuntamiento contra Pedro Tobar. Las más significativas fueron dos, planteadas por Ramón Olivares. En la primera de ellas, Ramón Olivares acusaba al Sr. Tobar de la usurpación de varios terrenos, incluidos en la Huerta de la Salud. En la segunda, cuestionaba la propiedad del Sr. Tobar del Arroyo de Valdebebas, que terminaría en los tribunales.
El Juicio de Valdebebas
El juicio del Arroyo Valdebebas es uno de esos acontecimientos que no hubieran tenido lugar si no hubiera sido por el momento en que se produjo. Me explicaré. Se trata de un conflicto entre el Ayuntamiento de Hortaleza y D. Pedro Tobar por una cuestión que no se debatía y que, solo tiene explicación, si se la contempla dentro del ambiente que se vivía en Hortaleza alrededor del año 1.924.
Ante la insistencia de D. Ramón Olivares de denunciar a Pedro Tobar, el Ayuntamiento, presidido por Bernabé Morales hizo suyo el problema y adoptó el siguiente acuerdo:
- Declarar solemnemente que el cauce y alveo del Arroyo Valdebebas son de dominio público.
- Establecer, como medida preventiva, que, mientras se resuelva el litigio, el Ayuntamiento se constituya en custodio y depositario de dicho Arroyo, ante la seguridad de que nadie ha presentado ni puede presentar títulos de propiedad de un arroyo de dominio público.
- Informar al Subsecretario del Ministerio de Fomento y Gobernación para que proceda a la demarcación y deslinde de dicho arroyo.
- Procurar por todos los medios legales a su alcance que el cauce y alveo del Arroyo vuelva a ser de dominio público.
El Ayuntamiento publicó el 12 de febrero de 1924 un Bando Municipal, con el contenido de lo aprobado que, también, envió al Boletín Oficial de la Provincia, para su publicación.
Bernabé Morales había llegado al Ayuntamiento después de una de las épocas más complicadas de su historia. Antes de su llegada al Ayuntamiento, se había producido un retraso considerable en la gestión municipal y Bernabé Morales pretendía poner orden en todas las cuestiones municipales. Probablemente con ese afán de contribuir a la buena marcha municipal se tomaron las decisiones mencionadas.
El día 23 de Marzo de 1924, se produjo la respuesta D. Pedro Tobar Gutiérrez, que presentó demanda de juicio declarativo de mayor cuantía sobre el reconocimiento de la finca Arroyo de Valdebebas, para que se respetara su derecho de propiedad pidiendo, además, la suspensión del acuerdo municipal y la del Bando Municipal.
Por entonces Pedro Tobar ya gozaba de cierta notoriedad en los círculos sociales y políticos de la sociedad madrileña. Su posición de notario y su presencia en determinados organismos, le permitían acceder a determinados estamentos, como era el Gobierno Civil.
Pedro Tobar, probablemente, con la intención de influir en las cuestiones que se debatían en el Ayuntamiento, consiguió que el Gobernador Civil de la Provincia viniera a visitar Hortaleza. Así fue el primero de Mayo de 1924, el Gobernador Civil, acompañado por D. Pedro Tobar, se personaron en el Ayuntamiento de Hortaleza. El Gobernador fue directo a la cuestión y le planteó al Alcalde, Bernabé Morales, que el Ayuntamiento debía dimitir en pleno, de forma voluntaria, dándoles un plazo de 48 horas para que fuera cumplida dicha orden.
El 5 de Mayo, tal y como había dispuesto el Gobernador Civil, después de la dimisión en pleno del Ayuntamiento, se celebró una sesión extraordinaria para configurar un nuevo ayuntamiento del que formarían parte los concejales nombrados por el Gobernador Civil: Calixto García Sanz, Zacarías Gil Acevedo, Andrés Obispo López, Gregorio Bris Sanz, Juan Rufo y Rufo y Eusebio Sánchez García. La sesión la presidió D. Calixto García por ser el Concejal de mayor edad. Fue elegido alcalde D.Zacarías Gil Acevedo, que era el maestro del pueblo, y como Tenientes de Alcalde fueron elegidos: Andrés Obispo López y Gregorio Bris Sanz, con lo que quedó constituida la Comisión Municipal permanente.
Por entonces la sentencia del juicio del Arroyo Valdebebas estaba pendiente. La nueva corporación cambió el posicionamiento del Ayuntamiento en relación al asunto del juicio. Ahora entendía que el posible fallo de la sentencia sólo vendría a confirmar algo que no le afectaba, como era confirmar la propiedad de la finca que Sr. Tobar tenía en el Arroyo Valdebebas.
Así fue, el dia 10 de septiembre de 1925 se produjo la resolución del juicio.
El FALLO tenía el siguiente contenido:
“Que debo declarar y declaro que D. Pedro Tobar Gutiérrez es dueño en término de Hortaleza de una finca nombrada Arroyo de Valdevevas con Chopos, álamos negros y monte bajo de bardagueras, espinas y zarzas, tiene un manantial escaso, procede de los propios de Hortaleza, rinde trece hectáreas, un área y doce centiáreas equivalente a 38 fanegas y linda al Norte finca que fue de D. José Romero, viñas y tierras de particulares; Sur, Pedro Romero tierras del clero y otras; Este, término de Barajas y Alcobendas y Oeste término de Fuencarral.
El Juzgado de Colmenar Viejo, reclamó las costas al Ayuntamiento de Hortaleza que ascendían a la cantidad de 1.773,23 pesetas.
No todo fueron disputas y enfrentamientos con el Ayuntamiento, como veremos más adelante. Las relaciones entre el Ayuntamiento y Pedro Tobar también pasaron por momentos de colaboración y acercamiento.
Siendo alcalde D. Federico Núñez se puso en contacto con el Sr. Tobar, que tenía un solar en la calle de Burgos Baja número 2, para ver si estaba dispuesto a colaborar con el Ayuntamiento en el proyecto de las escuelas. Después de varias conversaciones, el Sr. Tobar, decidió donar al pueblo de Hortaleza el terreno para construir las escuelas, con la condición de que, si no se llevaba a cabo el proyecto en tres años, la donación quedaba sin efecto.
Las penurias económicas del Ayuntamiento eran dramáticas. Hasta tal extremo que la corporación no tenía dinero, ni siquiera, para liquidar los derechos reales de la donación, por lo que tuvo que recurrir, nuevamente, a Pedro Tobar para que les concediera un préstamo de 700 ptas. y poder liquidar el impuesto.
El 6 de Mayo de 1931, pocos días después de proclamada la II República, Pedro Tobar ejercería de notario en el acta de la cesión de la Casa de Campo, al Ayuntamiento de Madrid. El documento fue firmado por D. Indalecio Prieto y Fuero – Ministro de Hacienda- y por D. Pedro Rico López- alcalde de Madrid. A los pocos meses, concretamente, el día 3 de julio, Pedro Tobar fue nombrado decano del Colegio de Notarios de Madrid. Esta intervención de Pedro Tobar como notario sería una de las últimas intervenciones profesionales.
Al poco tiempo Pedro Tobar cayó enfermo. El Dr. D. Isidoro Trigueros, que era el médico de la familia, y que atendía tanto a Pedro, como a su padre, así lo atestiguaba. La enfermedad de Pedro Tobar avanzaba con cierta rapidez por lo que el Dr. Trigueros, viendo que el desenlace podía estar cerca, cuando vino a visitar a Francisco, le comentó a Antonia, «dígales a Guillermo y Juana que su tío Pedro está grave». Una vez conocida la noticia, mi abuela subió a ver a su tío Paco, que ya vivía en la finca de Hortaleza , para comunicarle que el el Dr. Trigueros les había informado de la enfermedad del tío Pedro. Una vez informado Francisco Tobar, le encargó a mi abuela que fueran a visitar al enfermo: » creo que deberíais ir a verlo y luego me contáis como está, porque yo creo que los demás no me lo dicen, en vosotros si tengo confianza».
Efectivamente en la visita mis abuelos pudieron confirmar que el enfermo se encontraba en fase terminal. De manera que, a los pocos días, se produjo su fallecimiento. Mientras mi abuela subía a informar a su tío Paco, del fallecimiento de su hijo, mi abuelo Guillermo se había desplazado al domicilio del difunto en la calle Gregorio Benítez, 7.
Debido a las relaciones que mantenían padre e hijo, la muerte de Pedro pilló a su padre sin conocimiento de cómo estaban las cosas. Por eso, nada más conocer la noticia del fallecimiento trató de localizar a mi abuelo para darle las instrucciones pertinentes: «mirais bien, que te acompañe el oficial de las oficinas, Ortega, que es el más enterado, y si encontráis alguna disposición de tu tío Pedro, para el entierro, aquello haces, y si no encontráis nada, tu dispones como mejor te parezca»
Revisado el domicilio de Pedro, por mi abuelo y Ortega, el oficial de la notaría, no apareció ninguna disposición sobre el entierro. Sólo se encontraron cinco testamentos de diferentes fechas: tres de Pedro y dos de Francisco Tobar, con distintas disposiciones de sus bienes. Los de Francisco dejando como mayores herederos a mis abuelos Guillermo y Juana y a sus hijos, especialmente lo referente a la finca de Hortaleza.
Otra preocupación de Francisco era que, con el revuelo producido por la muerte de su hijo, no desapareciera nada de la casa de Pedro, por lo que, de la misma manera, encargó a mi abuelo que: «una vez salga el cadáver de tu tío, que lo hagan, también, los criados, ni un momento más, que han sido muy malos y después, cierras todo y me traes la llaves«. Así fue y mi abuelo le entregó las llaves de la casa y de la Notaría.
Pedro murió el día 25 de julio de 1932 y se le enterró el día 26 del mismo mes en la SEC 3REC1 Número 4 Fila 2. Con fecha de 25 de junio de 2008 se produjo la inhumación para trasladar los restos al columbario número 820 de la sección 13 del cementerio del Este.
A la muerte de Pedro Tobar, Francisco heredó todas las propiedades de su hijo